Una demanda por 94 millones de pesos presentó la exdirectora de Desarrollo Comunitario (DIDECO) de Lota, Joselyn Faúndez, en contra de la Municipalidad, acusando despido injustificado, daño moral y vulneración de derechos fundamentales. La acción judicial fue ingresada ante el Juzgado de Letras de Lota bajo la figura de tutela laboral.
Según la exfuncionaria, su desvinculación fue arbitraria y desproporcionada, ya que se encontraba con licencia médica al momento de que el cargo fuera declarado vacante en octubre. Faúndez acusa además un clima laboral hostil, con episodios de hostigamiento, persecución y maltrato, tanto laboral como de género, durante la gestión del alcalde Jaime Vásquez.
Entre los antecedentes incluidos en la demanda se mencionan una denuncia por Ley Karin —que fue rechazada por el municipio—, presuntos maltratos verbales por parte del administrador municipal, y un episodio ocurrido en junio de 2025, donde tres concejalas habrían grabado a la exdirectora sin su consentimiento e impedido su salida de una oficina. Sobre este último hecho, la Contraloría General de la República señaló que el actuar de las ediles no se ajustó a los mecanismos de fiscalización correspondientes.
Faúndez también expuso que la Asociación Chilena de Seguridad (ACHS) y la Superintendencia de Seguridad Social calificaron su condición como enfermedad profesional, estableciendo una relación directa entre su estado de salud y el trabajo desempeñado en el municipio.
En paralelo, la ex Dideco presentó un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Concepción, luego de que concejales solicitaran antecedentes a la Junji por un eventual viaje al extranjero mientras se encontraba con licencia médica. El tribunal acogió una orden de no innovar, instruyendo a no entregar dicha información.
Desde la Municipalidad de Lota, el director jurídico, Ricardo Troncoso, desestimó las acusaciones y afirmó que la salida de Faúndez se ajusta estrictamente a la legalidad, ya que el cargo de Dideco es de exclusiva confianza del alcalde, conforme al artículo 47 de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades.
“La declaración de vacancia es una facultad administrativa legítima y en ningún caso constituye una vulneración de derechos”, indicó Troncoso, agregando que el municipio presentará todas las pruebas ante tribunales y no continuará el debate por medios de comunicación.
La causa ahora deberá ser resuelta en sede judicial, mientras el caso genera amplio debate en la comuna, en un contexto marcado por otras denuncias recientes que involucran a la administración municipal.





