El reglamento que detalla las especificaciones para el grabado de patentes en los vidrios y espejos de los automóviles fue publicado en el Diario Oficial el 14 de mayo, marcando el inicio del periodo de marcha blanca para que los conductores realicen este trámite y eviten futuras multas.
Esta publicación llega casi dos meses después de que el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones ingresara el reglamento a Contraloría para su revisión. Posteriormente, en marzo, se realizaron modificaciones más rigurosas antes de su publicación final. Cabe destacar que el grabado de patente está estipulado en la Ley 21.601, promulgada en septiembre de 2023, la cual modifica la Ley de Tránsito con el objetivo de prevenir la venta de vehículos robados.
¿Cuál es el Plazo para Realizar el Grabado de Patente?
El plazo para realizar el grabado en los vidrios y espejos varía según la fecha de comercialización del vehículo. A partir del 14 de mayo:
Vehículos nuevos: Tienen un plazo de cuatro meses desde la fecha de publicación del reglamento, es decir, hasta el 14 de septiembre de 2024. Las automotoras deberán entregar los vehículos con la patente grabada a partir de esa fecha.
Vehículos comercializados antes del 11 de septiembre de 2023: Los conductores tienen doce meses desde el 14 de mayo de 2024, por lo que el grabado debe completarse antes del 14 de mayo de 2025.
Vehículos comercializados entre el 11 de septiembre de 2023 y el 14 de agosto de 2024: No se consideran “autos nuevos” según el reglamento reciente y tendrán el mismo plazo de doce meses para realizar el grabado.
Especificaciones del Grabado de Patente en Vidrios y Espejos
El reglamento establece que el grabado debe ser permanente, desgastando la superficie. Las letras y dígitos deben medir entre 7 y 10 milímetros de altura en los vidrios, y entre 5 y 10 milímetros en los espejos laterales.
Las ubicaciones específicas para el grabado son:
Vidrios laterales del conductor: Vértice inferior derecho desde la perspectiva de un observador externo.
Vidrios laterales del copiloto: Vértice inferior izquierdo desde la perspectiva de un observador externo.
Parabrisas: Vértice inferior derecho desde la perspectiva de un observador externo.
Luneta trasera: Vértice inferior izquierdo desde la perspectiva de un observador externo.
Excepciones y Consideraciones:
Quienes hayan realizado el grabado antes del 14 de mayo quedan exentos siempre que la inscripción sea permanente y permita la identificación clara de cada dígito y letra.
Para vehículos con más de seis vidrios (incluyendo vidrios laterales, parabrisas y luneta trasera), se deben grabar al menos seis vidrios, incluyendo el parabrisas y los cinco de mayor superficie. En el caso de vehículos con seis o menos vidrios, todos deben ser grabados.